Reglamento de Intermediarios Colombia FCF
Intermediación Deportiva en Colombia a la luz del reglamento federativo.
Por Juan Camilo Calvo Gomez.
SITUACIÓN DE HECHO:
• La representación o intermediación deportiva, es una actividad que cada
día adquiere mayor importancia en el mundo del deporte, no solo por que
que la gestión de un intermediario puede incidir de manera fundamental
en la carrera deportiva de un jugador, sino también por que en la actualidad
los Intermediarios Deportivos pueden intervenir en operaciones que
manejen cifras astronómicas.
• Desde el año 2015 la Federación Colombiana de Fútbol ha venido regulando
esta actividad con la intención de hacerla cada vez mas formal y tener un
mayor control sobre las situaciones que eventualmente se pudieran
presentar entre los intermediarios deportivos y los jugadores, los clubes o
los organizadores de eventos deportivos.
PRETENSIÓN DEL CONSULTANTE:
• El consultante desea tener conocimiento de los requisitos actuales para
registrarse como Intermediario Deportivo ante la Federación
Colombiana de Fútbol.
MARCO NORMATIVO:
• Reglamento sobre las relaciones con intermediarios expedido por la
Federación Internacional de Fútbol Asociado (FIFA), el 21 de Marzo de
2014.
• Reglamento sobre relaciones con Intermediarios expedido por la
Federación Colombiana de Fútbol (FCF) y entrado en vigencia el 1 de
abril de 2015.
• Aviso expedido por la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) el 8 de
Septiembre de 2020.
PLANTEAMIENTO JURÍDICO:
Los Intermediarios Deportivos, como se mencionó anteriormente, han adquirido
una importancia notable en los últimos años, interviniendo en cuantiosas
transacciones deportivas a nivel nacional e internacional. En el año 2014 y en vista
todos los inconvenientes que se estaban presentando en relación con la actividad
de los agentes de jugadores como se les llamaba en ese entonces, la Federación
Internacional de Futbol Asociado (FIFA) en su calidad de ente rector del futbol a
nivel internacional, expidió un reglamento para regular las relaciones con los
representantes o Intermediarios Deportivos.
En virtud de lo anterior y dando cumplimiento a las disposiciones emanadas por la
FIFA en el año 2014, sobre las relaciones con intermediarios, la Federación
Colombiana de Fútbol (FCF) en el año 2015, expide su propio reglamento sobre las
relaciones con intermediarios, con la intención de crear todo un marco regulatorio
que pudiera formalizar un poco mas la actividad de la intermediación y con esto
tener un mayor control sobre las situaciones que se pudiesen presentar en el
desarrollo de la actividad de Intermediación.
En ese orden de ideas, quienes tengan la intención de registrarse como
Intermediarios Deportivos ante la Federación Colombiana de Fútbol no solo
deberán cumplir con los requisitos para el registro, por ella establecidos sino que
también se obligan a acatar las disposiciones expedidas por este organismo en su
reglamento sobre las relaciones con intermediarios.
El 8 de Septiembre del 2020, la FCF en cumplimiento de los establecido en el
artículo 3.5 del Reglamento sobre relaciones con Intermediarios, emite un Aviso en
el cual establece las fechas para realizar la solicitud de registro de los
Intermediarios Deportivos, así como los requisitos para dicho registro.
Finalmente, vale la pena resaltar que en términos legales el Intermediario
Deportivo cumple una función de Mandatario, es decir recibe un encargo por
parte de alguien que por ejemplo puede ser un jugador y que generalmente
consiste en ubicarlo en un Club y proyectar su carrera deportiva. Por lo cual el
Intermediario Deportivo no se encuentra únicamente en la obligación de ceñirse a
las disposiciones de los reglamentos de la FCF y FIFA sino que también debe
observar las disposiciones legales establecidas en el ordenamiento jurídico
colombiano, especialmente las relacionadas con el contrato de mandato, para el
desarrollo optimo de su gestión.
Juan Camilo Calvo Gomez
Abogado Dieztra
Máster en derecho deportivo internacional de la Universidad de Lleida.
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